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Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de la República de Islandia o nacional del Reino de Noruega. Tener cumplidos los 18 años y no exceder la edad establecida para la jubilación. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales para el cuerpo que se opta. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la norma vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue. No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo al que se pretende ingresar. Ser Licenciado, Arquitecto o Ingeniero. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Estarán exceptuados de la exigencia de este título quienes acrediten haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, alguno de los siguientes requisitos: Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica. Estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro, o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Haber impartido docencia durante un mínimo de 12 meses en centros públicos o priva­dos de enseñanza reglada, debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008.